Artículo 8 modificación d...de Navarra

Artículo 8 modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias 2024 de Navarra

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Artículo octavo. Ley Foral de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

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Con efectos a partir del 1 de enero de 2025, los preceptos de la Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, que a continuación se relacionan, quedarán redactados del siguiente modo:

Uno.-Artículo 23 bis.

"Artículo 23. bis. Tasa por remisión de copias en formato electrónico y físico de documentación correspondiente a procesos selectivos.

1. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la remisión por la Administración Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos de las copias, tanto en formato electrónico como físico, de toda aquella documentación integrante del expediente administrativo de cualquier proceso selectivo tramitado en el seno de la misma.

A estos efectos, se entenderá por copia electrónica la transposición del formato físico al electrónico de la documentación señalada en el párrafo anterior y su posterior remisión por vía electrónica al sujeto pasivo.

2. Sujetos pasivos.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que soliciten la remisión de las copias electrónicas o físicas que constituyen el hecho imponible.

3. Devengo.

La tasa se devengará en el momento en que se presente la solicitud de remisión de las copias electrónicas o físicas, procediéndose al abono de las cantidades con carácter previo a la remisión.

4. Tarifas.

La tasa será de 0,06 euros por cada página copiada y remitida."

Dos.-Artículo 31 bis, adición.

"Artículo 31. bis. Tasa por derechos de examen en procedimientos selectivos de acceso al curso de habilitación de Auxiliar de Policía Local.

1. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por la Administración de los servicios necesarios para la participación en procedimientos selectivos de acceso al curso de habilitación como Auxiliar de Policía Local realizado en la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra.

2. Sujetos Pasivos.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que soliciten la prestación de los servicios que constituyen el hecho imponible de la misma.

3. Devengo.

La tasa se devengará en el momento en que se presente la solicitud de inscripción en los procedimientos selectivos.

4. Tarifa.

Se exigirá una tasa de 46,00 euros para el derecho de examen.

5. Exenciones.

Las personas inscritas como desempleadas durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria de la prueba selectiva."

Tres.-Artículo 41.4, tarifas 1.ª y 2.ª

"1.ª Centros, servicios y establecimientos sanitarios:

EUROS

A) Centros con internamiento

Tramitación de la autorización para creación y funcionamiento

295,00

Tramitación para la autorización de modificación de su estructura y/o régimen inicial o convalidación

195,00

Inspección reglada o a petición de parte

195,00

B) Centros sin internamiento

Tramitación de la autorización para creación y funcionamiento

150,00

Tramitación de modificación de su estructura y/o régimen inicial o convalidación

100,00

Inspección reglada o a petición de parte

100,00

C) Transporte sanitario

Tramitación de la certificación sanitaria de ambulancias

100,00

Inspección reglada o a petición de parte

100,00

D) Autorización de publicidad sanitaria de centros y establecimientos sanitarios

55,00

E) Centros de formación

Autorización de centros para impartir cursos de desfibriladores

35,00

2.ª Establecimientos farmacéuticos:

EUROS

A) Oficinas de Farmacia

Autorización de instalación

340,00

Modificación de locales o traslado de oficina de farmacia

225,00

Autorización de modificación de la titularidad

115,00

Acreditación de actividades sometidas a Buenas Prácticas

340,00

Inspección reglada o a petición de parte

115,00

B) Almacenes de Distribución de medicamentos de uso humano y/o veterinario

Autorización de instalación

340,00

Modificación de locales o traslado de almacén

285,00

Autorización de modificación de la titularidad

115,00

Inspección y verificación de Buenas Prácticas de distribución de medicamentos. Por cada día empleado en la inspección y/o verificación

675,00

Inspección reglada o a petición de parte

115,00

C) Servicios Farmacéuticos

Autorización de instalación

340,00

Modificación de locales o traslado de servicio farmacéutico

225,00

Autorización de modificación de la titularidad

115,00

Acreditación de actividades sometidas a Buenas Prácticas

675,00

Inspección y verificación de buenas prácticas de farmacovigilancia en la Industria Farmacéutica. Por cada día empleado en la inspección y/o verificación

675,00

Inspección reglada o a petición de parte

115,00

D) Botiquines y depósitos de medicamentos

Autorización de instalación

190,00

Autorización de modificación

115,00

Inspección reglada o a petición de parte

115,00

E) Industria elaboradora de medicamentos de uso humano y/o veterinario y de sus principios activos

Inspección y verificación de las Normas de Correcta Fabricación. Por cada día empleado en la inspección y/o verificación

675,00

Autorización de publicidad

190,00

Inspección reglada o a petición de parte

115,00

Estudios postautorización medicamentos y otros productos. Autorización

900,00

F) Cosméticos

Inspección y verificación de Normas de Correcta Fabricación. Por cada día empleado en la inspección y/o verificación

675,00

Inspección reglada o a petición de parte

115,00

G) Productos sanitarios

Autorización de ópticas y sección de ópticas de las Oficinas de Farmacia

340,00

Autorización de centros audioprotésicos

340,00

Autorización de ortopedias

340,00

Autorización de laboratorios de prótesis dental

340,00

Autorización de publicidad de productos sanitarios

190,00

Licencia de funcionamiento como fabricante de productos sanitarios a medida no incluidos en los apartados anteriores:

-Otorgamiento

340,00

-Convalidación

100,00

-Modificación

100,00

Modificación de las condiciones de la comunicación de establecimientos sujetos a comunicación de actividad

115,00

Inspección reglada o a petición de parte

115,00

Convalidación y/o modificación de autorización de establecimientos de productos sanitarios

225,00

Tramitación de comunicación de establecimientos sujetos a comunicación de actividad

225,00

H) Laboratorios, centros de control y/o desarrollo de medicamentos

Inspección y verificación de Buenas Prácticas de Laboratorio. Por cada día empleado en la inspección y/o verificación

675,00

Inspección y verificación de Buenas Prácticas Clínicas. Por cada día empleado en la inspección y/o verificación

675,00

Inspección reglada o a petición de parte

115,00

I) Otras actuaciones

Emisión de informes, a petición del interesado, sobre centros y productos farmacéuticos

190,00

Emisión de certificados de cumplimiento de buenas prácticas (NCF, BPL, BPC, BPD y otras asimilables), tanto nacionales como internacionales

150,00 (primer certificado)

15,00 (por el segundo y/o posteriores realizados en la misma petición)"

Cuatro.-Artículo 41.4, tarifa 5.ª

5.ª Servicios veterinarios.

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

TARIFA

SV01

Control sanitario de animales en caso de mordedura

25,00 euros

SV02

Servicios de captura y recogida (Precios por perro)

60,00 euros

SV02.1

Entrega de perros en el Centro de Protección Animal del Gobierno de Navarra en Etxauri (por animal)

15,00 euros

SV02.2

Perros adquiridos en adopción por nuevos propietarios

15,00 euros

02.3

Gastos de estancia en el Centro de Protección Animal del Gobierno de Navarra en Etxauri

20,00 euros (1)

SV03

Certificación oficial para exportación de productos alimenticios

20,00 euros

SV03.1

Atestaciones sanitarias para exportación de alimentos

20,00 euros

SV04

Actuaciones veterinarias en espectáculos taurinos. (Precios por veterinario actuante)

250,00 euros

SV05

Por controles motivados por solicitudes de inclusión en listas para exportación en países terceros en base al Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre.

50,00 euros

SV06

Por controles motivados por la intervención sistemática para la ejecución de programas exigibles en acuerdos bilaterales para la exportación a países terceros, adicionales a los requisitos comunitarios

20,00 euros/día"

(1) Mínimo 20,00 euros. A partir del 5.º día se añadirán 3,00 euros por día adicional de estancia."

Cinco.-Artículo 43.4, tarifa 4.

"TARIFA 4

Centros de formación y de reconocimiento de conductores:

1. Apertura de centro. Autorización de apertura y funcionamiento o inscripción de escuelas particulares de conductores, de otros centros de formación o de centros de reconocimiento de conductores

442,00

2. Alteración elementos personales o materiales (con o sin inspección). Modificación de la autorización de funcionamiento por alteración de los elementos personales o materiales de las escuelas particulares de conductores o secciones de las mismas, de otros centros de formación o de centros de reconocimiento de conductores: con o sin inspección

45,00

3. Expedición de certificados de aptitud para Directores/as y Profesores/as de Escuelas Particulares de Conductores y otras titulaciones, así como duplicados de los mismos

100,00

4. Troquelado electrónico de placas o sellado de libros de registro 9,00

5. Inspección autoescuela y centro de reconocimiento médico practicada en virtud de precepto reglamentario (con un máximo de dos al año)

80,00

6. Autorizaciones de ejercicio de profesor/a de formación vial

10,50

7. Aprobaciones de cursos de formación de formadores y de conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas

10,50

8. Anotaciones de cualquier clase en los expedientes, suministro de datos, certificaciones, cotejos, copias auténticas cuando no proceda la expedición de duplicado, desglose de documentos y sellado de cualesquiera placas o libros

9,00

9. Derechos de examen. Participación en curso de obtención de certificado de aptitud de Profesor o Profesora de Formación Vial y en la prueba selectiva para obtener el certificado de aptitud de Director o Directora de Escuelas de Conductores

46,00"

Seis.-Artículo 48.4, tarifas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, y adición de la tarifa 7.

"TARIFA 1 Autorización de corridas de toros, de rejones, mixtas y novilladas con picadores (por cada espectáculo)

72,14

TARIFA 2 Autorización de novilladas sin picadores (por cada espectáculo)

42,44

TARIFA 3 Otras autorizaciones de espectáculos taurinos (por cada espectáculo)

27,58

TARIFA 4 Autorizaciones de espectáculos públicos y actividades recreativas en espacios públicos (por cada espectáculo o actividad)

72,14

TARIFA 5 Inscripción en el registro de empresas de espectáculos públicos y actividades recreativas

72,14

TARIFA 6 Inscripción en el registro de profesionales taurinos

20,15

TARIFA 7 Convocatoria para la realización de las pruebas de aptitud necesarias para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas

15,60"

Siete.-Artículo 51.4, tarifa 1.

EUROS

"TARIFA 1

Inscripción en Registros y expedición de carnés de usuarios profesionales de productos fitosanitarios:

1. Por inscripción en los siguientes registros:

-Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas

-Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria (ROPO). Sectores, suministrador y de tratamientos

-Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG)

-Registro Oficial de Fabricantes de Productos Fertilizantes y Sustratos de Cultivo

-Registro de entidades dedicadas a la explotación agrícola de lodos de depuradora

24,00

2. Por renovación de la inscripción y/o cambio de la titularidad u otra modificación en los registros de:

-Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas

-Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO). Sectores, suministrador y de tratamientos

-Registro de Operadores Profesionales de Vegetales(ROPVEG)

-Registro de entidades dedicadas a la explotación agrícola de lodos de depuradora

14,00

3. Por inscripción en el sector de asesoramiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO)

12,00

4. Por expedición, renovación y solicitud de duplicados de carnés de usuario de productos fitosanitarios e inscripción y renovación de la inscripción en el ROPO (sector de uso profesional)

10,00

5. Renovación de la inscripción en el registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa Sector Asesoramiento

10,00"

Ocho.-Artículo 53.4, tarifa 9.3 y derogación de la tarifa 11.6.

"TARIFA 9

3. Por cada unidad de identificación de bovinos (crotales)

1,00"

Nueve.-Artículo 54.4, tarifas 1, 2, 3 y 4.

EUROS

"TARIFA 1

LABORATORIO DE BIOLOGÍA VEGETAL

1. Germinación de hasta 400 semillas entre/sobre papel

10,00

2. Germinación de hasta 400 semillas en otros sustratos

15,00

3. Pureza maíz y girasol

8,00

4. Pureza otras especies

5,00

5. Número de semillas de otras especies

5,00

6. Extracción e identificación morfológica de nematodos

30,00

7. Aislamiento e identificación morfológica de hongos

30,00

8. Aislamiento e identificación de bacterias por técnicas microbiológicas

40,00

9. ELISA

18,00

10. Suprimida

11. PCR

40,00

12. Identificación morfológica de artrópodos y otras plagas y vectores

30,00

EUROS

TARIFA 2

LABORATORIO PECUARIO

1. ELISA

18,00

2. Fijación de complemento

50,00

3. Inmunodifusión en gel de agar

20,00

4. Aglutinación Brucelosis Rosa de Bengala

4,00

5. Aislamiento e identificación de Salmonella spp

30,00

6. Serotipado de Salmonella spp

45,00

7. Aislamiento e identificación de Mycobacterium spp

100,00

8. Aislamiento e identificación/ cuantificación de otras bacterias

50,00

9. PCR

40,00

10. Identificación morfológica/ recuento de artrópodos

30,00

En las Tarifas 1.9, 2.1, 2.2 y 2.9, se aplicarán los siguientes descuentos en función del número conjunto de análisis de la misma determinación analítica solicitados:

a) Entre 11 y 25: 25 por 100.

b) Entre 26 y 50: 50 por 100.

c) Entre 51 y 100: 60 por 100.

d) Entre 101 y 500: 70 por 100.

e) Más de 500: 75 por 100.

TARIFA 3

LABORATORIO ENOLÓGICO ANÁLISIS SIMPLES

EUROS

1.1. Butanol

Cromatografía Gaseosa

7,14

1.Bis 2. Butanol

Cromatografía Gaseosa

7,14

2. Propanol

Cromatografía Gaseosa

7,14

3. Acetaldehído

Cromatografía Gaseosa

7,14

4. Acetato de etilo

Cromatografía Gaseosa

7,14

5. Suprimida

6. Acidez fija

Cálculo

2,04

7. Acidez total

Volumetría - OIV - Potenciometría

2,35

8. Acidez volátil

Volumetría - OIV

2,35

9. Ácido acético

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

2,35

10. Ácido ascórbico

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

6,12

11. Ácido benzoico

Cromatografía Líquida de alta resolución

9,89

12. Ácido cítrico

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

6,12

13. Ácido glucónico

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

6,12

14. Ácido láctico

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

6,12

15. Ácido málico

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

5,10

15.bis

Suprimida

16. Ácido salicílico

Cromatografía Líquida de alta resolución

9,89

17. Ácido sórbico

Cromatografía Líquida de alta resolución

9,89

18. Ácido tartárico

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

6,12

19. Alcalinidad de cenizas

Volumetría

2,94

20. Anhídrido sulfuroso libre

Espectrofotometría Ultravioleta - visible. Valoración

2,33

21. Anhídrido sulfuroso total

Espectrofotometría Ultravioleta - visible. Valoración

2,33

22. Antocianos

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

3,06

23.

Suprimida

24

Suprimida

25. Azúcares Totales (G+F+SAC)

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

2,33

25.bis Brettanomyces bruxellensis

PCR Tiempo Real (1-4 muestras)

61,20

PCR Tiempo Real (más de 4 muestras)

45,90

26.

Suprimida

27. Cadmio

Espectrofotometría de absorción atómica - horno de grafito

24,48

28. Calcio

Espectrofotometría de absorción atómica - llama

11,22

29. Caseína

ELISA (1-3 muestras)

51,00

ELISA (4-10 muestras)

40,80

ELISA (más de 10 muestras)

30,60

30. Catequinas

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

3,06

31. Cenizas

Gravimetría.

3,06

32. Cloruros

Potenciometría.

2,55

33. Cobre

Espectrofotometría de absorción atómica - llama

11,22

34. Colorantes sintéticos

Extracción - Fijación

6,43

35. Conductividad

Conductimetría

2,33

35.bis Contenido calórico

Cálculo

Secos 7,94

Dulces 9,87

36. Coordenada cielab a*

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

4,08

37. Coordenada cielab b*

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

4,08

38. Coordenada cielab l*

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

4,08

39. Coordenada cielab c*

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

4,08

40. Coordenada cielab h*

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

4,08

41.

Suprimida

42. Defectos organolépticos

Observación

2,35

43. Densidad óptica 280nm.

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

2,04

44. Densidad óptica 420 nm

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

2,04

45. Densidad óptica 520 nm

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

2,04

46. Densidad óptica 620 nm

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

2,04

47. Densidad relativa a 20 ºC

Densimetría Electrónica

1,53

48.

Suprimida

49. Estabilidad proteica

Nefelometría

5,10

50. Estabilidad tartárica

Precipitación

5,10

51. Etanol

Cromatografía Gaseosa

7,14

52. Extracto no reductor

Calculo OIV

5,90

53. Extracto reducido

Calculo OIV

5,90

54. Extracto seco total

Cálculo o Evaporación

3,57

55. Ferrocianuro en disolución

Precipitación

6,43

56. Ferrocianuro en suspensión

Precipitación

6,43

57. Fluoruros

Electrodo Selectivos

2,89

58. Glicerina

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

6,12

59. Glucosa + fructosa

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

2,33

60. Grado alcohólico en peso

Destilación

3,98

61. Grado alc. Volumétrico adquirido

Espectrofotometría de infrarroja cercano

2,04

OIV - Densimetría Electrónica

3,98

62. Grado alcohólico en potencia

Calculo OIV

4,37

63. Grado alcohólico total

Calculo OIV

4,37

64. Grado Beaume.

Calculo OIV

1,84

65. Grado Birx (% sacarosa)

Calculo OIV

1,84

66. Grado Probable

Refractometría - OIV

1,84

67. Hierro

Espectrofotometría de absorción atómica - llama

11,22

68. Histamina

ELISA (1-3 muestras)

40,80

ELISA (4-10 muestras)

30,60

69. Índice de colmatación

Filtración membrana.

6,43

70. Índice de Folin - Ciocalteu

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

3,06

71.

Suprimida

72.

Suprimida

73. Intensidad colorante

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

2,04

74. Isoamílicos

Cromatografía Gaseosa.

7,14

75. Isobutanol

Cromatografía Gaseosa

7,14

76. Limpidez

Observación

2,30

77. Lisozima

ELISA (1-3 muestras)

51,00

ELISA (4-10 muestras)

40,80

ELISA (más de 10 muestras)

30,60

78. Nitrógeno amoniacal

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

6,12

79. Nitrógeno α-amínico

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

6,12

80. Nitrógeno fácilmente asimilable

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

12,24

81. Magnesio

Espectrofotometría de absorción atómica - llama

11,22

82. Masa volúmica a 20.º

OIV - Densimetría Electrónica

1,53

Refractometría

1,84

83. Metanol

Cromatografía Gaseosa

7,14

84. Ocratoxina

ELISA (1-3 muestras)

51,00

ELISA (4-10 muestras)

40,80

ELISA (más de 10 muestras)

30,60

85. Ovoalbúmina

ELISA (1-3 muestras)

51,00

ELISA (4-10 muestras)

40,80

ELISA (más de 10 muestras)

30,60

86. pH

Potenciometría

2,33

87. Plomo

Espectrofotometría de absorción atómica - Horno de grafito

24,48

88. Porcentaje de humedad

Gravimetría

3,57

89. Potasio

Espectrofotometría de absorción atómica - llama

11,22

90. Presencia de híbridos

Espectrofotometría de Fluorescencia

5,36

91. Recuento de bacterias acéticas

Recuento en placa

12,24

92. Recuento bacterias lácticas

Recuento en placa

12,24

93. Recuento de Brettanomyces

Recuento en placa

12,24

94. Recuento de levaduras

Recuento en placa

12,24

95. Recuento de microorganismos aerobios mesófilos

Recuento en placa

12,24

96. Recuento de mohos.

Recuento en placa

12,24

97. Resto del extracto

Cálculo

10,20

98.

Suprimida

99. Sobrepresión

Manometría

2,04

100. Sodio

Espectrofotometría de absorción atómica - llama

11,22

101. Sulfatos

Precipitación

5,61

102. Tonalidad

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

2,04

103. Turbidez

Nefelometría

5,61

104. Zinc

Espectrofotometría de absorción atómica - llama

11,22

ACEITE

105. K232

Espectrofotometría Ultravioleta

7,14

106. K270

Espectrofotometría Ultravioleta

7,14

107. DELTA K

Espectrofotometría Ultravioleta

7,14

108. Acidez

Volumetría

7,14

109. Índice de peróxidos

Volumetría

7,14

110. Humedad

Gravimetría

7,14

111. Impurezas insolubles

Gravimetría

7,14

112. Ácido mirístico

Cromatografía Gaseosa

45,00

113. Ácido palmítico

Cromatografía Gaseosa

45,00

114. Ácido palmitoleico

Cromatografía Gaseosa

45,00

115. Ácido margárico

Cromatografía Gaseosa

45,00

116. Ácido margaroleico

Cromatografía Gaseosa

45,00

117. Ácido esteárico

Cromatografía Gaseosa

45,00

118. Ácido oleico

Cromatografía Gaseosa

45,00

119. Ácido linoleico

Cromatografía Gaseosa

45,00

120. Ácido araquídico

Cromatografía Gaseosa

45,00

121. Ácido linolénico

Cromatografía Gaseosa

45,00

122. Ácido eicosenoico

Cromatografía Gaseosa

45,00

123. Ácido behénico

Cromatografía Gaseosa

45,00

124. Ácido lignocérico

Cromatografía Gaseosa

45,00

TARIFA 4

LABORATORIO ENOLÓGICO Y DEL ACEITE. GRUPO DE ANALÍTICAS

EUROS

FINAL FERMENTACIÓN 1

5,10

1. Ácido acético

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

2. Glucosa + fructosa

FINAL FERMENTACIÓN 2

6,63

1. Ácido málico

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

2. Glucosa + Fructosa

3. Ácido acético

MERCADO INTRACOMUNITARIO O EXPORTACIÓN VINOS EMBOTELLADOS/GRANEL

Secos 16,32

Dulces 18,36

1. Acidez volátil

Volumetría

2. Anhídrido sulfuroso total

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

3. Glucosa + Fructosa

Espectrofotometría Ultravioleta - visible/enzimático

4. Ácido cítrico

5. Grado alcohólico volumétrico adquirido

Espectrofotometría de infrarroja cercano (secos)

OIV - Densimetría Electrónica (dulces)

6. Acidez total

Potenciometría

7. Metanol

Cromatografía Gaseosa

8. Extracto seco total

Cálculo o evaporación

9. Masa volúmica a 20º

Densimetría Electrónica

10. Defectos organolépticos y limpidez (solo para vinos a granel)

MERCADO INTRACOMUNITARIO O EXPORTACIÓN ESPIRITUOSOS

5,10

1. Grado alcohólico volumétrico

Densimetría electrónica CEE número 2870/2000

2. Masa volúmica a 20º

3. Grado Beaumé

Cálculo

COMPLETO

Secos 8,16

Dulces 9,18

1. Grado Alcohólico volumétrico adquirido

Espectrofotometría de infrarroja cercano (secos)

OIV - Densimetría Electrónica (dulces)

2. Acidez volátil

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

3. Glucosa + fructosa

4. Acidez total

Potenciometría

5. pH

6. Anhídrido sulfuroso total

Espectrofotometría Ultravioleta

7. Anhídrido sulfuroso libre

GRUPO EVALUACIÓN REFRACTOMÉTRICA EN MOSTOS SUPRIMIDO

ALCOHOLES SUPERIORES

8,16

1.1. Butanol

Cromatografía Gaseosa

2.2. Butanol

3.1. Propanol

4. Acetaldehído

5. Acetato de etilo

6. Metanol

7. Isoamílicos

8. Isobutanol

GRUPO COLOR

6,12

1. Densidad óptica 420 nm

Espectrofotometría Ultravioleta - visible

2. Densidad óptica 520 nm

3. Densidad óptica 620 nm

4. Intensidad colorante

5. Densidad óptico 280 nm

GRUPO PARÁMETROS CIELAB. SUPRIMIDO

GRUPO MICROBIOLOGÍA

30,60

1. Recuento bacterias lácticas

Recuento en placa

2. Recuento bacterias acéticas

3. Recuento levaduras

4. Recuento mohos

PERFIL ACIDOS GRASOS ACEITE

45,00

1. Ácido mirístico

Cromatografía Gaseosa

2. Ácido palmítico

3. Ácido palmitoleico

4. Ácido margárico

5. Ácido margaroleico

6. Ácido esteárico

7. Ácido oleico

8. Ácido linoleico

9. Ácido araquídico

10. Ácido linolénico

11. Ácido eicosenoico

12. Ácido behénico

13. Ácido lignocérico

Cuando se realice un grupo de analíticas, pero sea necesaria la realización de algún ensayo individual por otra técnica diferente a la ofertada en el grupo, se sumará el coste individual de dicha técnica al importe del grupo."

Diez.-Artículo 57.4, tarifas 2 y 3.

"TARIFA 2

Por certificado e inspección visual

307,53

TARIFA 3

Por certificado, inspección visual y toma de muestras

369,93"

Once.-Artículo 59, derogación.