Articulo 8 Municipios afectados por inundaciones del 8 de Jul
8.º
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las personas físicas o jurídicas que deseen acogerse a las exenciones tributarias previstas en esta Orden Foral, deberán formular una solicitud ante el ayuntamiento correspondiente antes del día 31 de octubre de 2019.
A tal efecto y, en el supuesto de que los bienes afectados no hubieran sido objeto de aseguramiento en la fecha en que se produjo el daño, deberán incorporar a su solicitud la siguiente declaración:
-Declaración responsable de que en la fecha de producción del daño el bien no era objeto de aseguramiento.
-Informe de técnico cualificado identificativo del daño producido y su cuantificación. Dicho informe podrá ser sustituido por la presentación de copia de las facturas correspondientes a los gastos ocasionados en los inmuebles afectados y documento acreditativo del pago.
-Declaración responsable de cualquier ayuda que se hubiese percibido o se tiene previsto percibir como consecuencia de los daños sufridos con ocasión de las circunstancias recogidas en este Orden Foral.
En el supuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana afectados y que hubiesen sido objeto de aseguramiento en la fecha en que se produjo el daño, deberán incorporar a su solicitud la siguiente documentación:
-Autorización expresa para que el Consorcio de Compensación de Seguros facilite al Ayuntamiento respectivo, información relativa a la tasación de los daños sufridos y de la indemnización correspondiente.
-De no incluirse dicha autorización se deberá incorporar los siguientes documentos:
- Copia de las pólizas suscritas relativas a los bienes afectados.
- Tasación pericial asociada a los daños sufridos en los bienes asegurados y de la indemnización correspondiente.
-Declaración responsable de cualquier ayuda que se hubiese percibido o se tiene previsto percibir como consecuencia de los daños sufridos con ocasión de las circunstancias recogidas en esta Orden Foral.
En el supuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica afectados y que hubiesen sido objeto de aseguramiento en la fecha en que se produjo el daño, deberán incorporar a su solicitud la siguiente documentación:
-Autorización expresa para que Agroseguro facilite al Ayuntamiento respectivo, información relativa a la tasación de los daños sufridos y de la indemnización correspondiente.
-De no incluirse dicha autorización se deberá incorporar los siguientes documentos:
- Copia de las pólizas suscritas relativas a los bienes afectados.
- Tasación pericial asociada a los daños sufridos en los bienes asegurados y de la indemnización correspondiente.
-Declaración responsable de cualquier ayuda que se hubiese percibido o se tiene previsto percibir como consecuencia de los daños sufridos con ocasión de las circunstancias recogidas en este Orden Foral.

