Articulo 8 NORMAFORAL7/2015,de23dediciembre,porlaqueseapruebandeterminadasmodificacionestributarias.
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»Artículo 8. Modificación del Régimen Fiscal de Cooperativas.
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Con efectos para los períodos impositivos iniciados desde el 1 de enero de 2015, se añade un nuevo número 3 al artículo 27 de la Norma Foral 2/1997, de 22 de mayo, de Régimen Fiscal de Cooperativas, con el siguiente contenido:
«3. El límite de las deducciones previsto en el apartado 1 del artículo 67 de la Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa, se aplicará sobre la cuota resultante una vez aplicadas, en su caso, las deducciones a que se refiere el número 2 anterior».

