Articulo 8 Ordenación de empresas de restauración
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»Artículo 8. Hojas de reclamaciones.
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Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente norma, tendrán a disposición de las personas consumidoras las hojas de reclamaciones que les puedan solicitar en los términos establecidos por la normativa autonómica reguladora de esta materia vigente en cada momento.
