Articulo 8 ORDENde16demay...adedeporte

Articulo 8 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.

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Artículo 8. Presentación de solicitudes.

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1. Las solicitudes de subvención se presentarán conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Las solicitudes se dirigirán al Consejero competente en materia de deporte y se presentarán conforme al modelo que se indique en la correspondiente convocatoria.

3. Además de cuantos documentos se exijan específicamente conforme a lo previsto en esta orden y sin perjuicio de cuantos otros puedan ser aportados por el interesado, la solicitud de ayuda se presentará acompañada de los siguientes.

a) En caso de personas físicas, documentación acreditativa de la personalidad del solicitante.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuando así esté previsto en la convocatoria, comprobará los datos de identificación de las personas físicas solicitantes, mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, de conformidad con la normativa reguladora sobre protección de datos de carácter personal, por lo que no se exigirá la aportación de fotocopias compulsadas de los documentos acreditativos de la identidad.

b) En caso de personas jurídicas, se aportarán los documentos acreditativos de la representación que ostenta quien figure como representante.

c) Declaración jurada del solicitante en la que se indique si se ha solicitado o no alguna otra ayuda para la misma actuación y si ha sido concedida, en su caso, indicando tanto el importe de la misma como el concedente.