Artículo 8 Participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Andalucía
Ver Indice
»Artículo 8. Seguimiento,
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Con carácter anual, la Consejería con competencias en materia de impulso y coordinación del diálogo con los agentes económicos y sociales, en colaboración con el resto de consejerías, realizará un seguimiento de lo dispuesto en la presente ley y del funcionamiento de los órganos colegiados de participación institucional y de las entidades instrumentales públicas, así como de cualquier otro ámbito de negociación, concertación o diálogo social establecido, y remitirá la información elaborada a las organizaciones sindicales y empresariales intersectoriales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para su conocimiento.
