Articulo 8 Patrimonio Cultural Cántabro
Artículo 8. Colaboración con la Iglesia Católica.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La Iglesia Católica, como titular de una parte muy importante del Patrimonio Cultural de Cantabria, velará por la protección, la conservación y la difusión de este patrimonio y, con esta finalidad, colaborará con la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de Patrimonio Cultural.
2. Una Comisión Mixta entre la Administración de la Comunidad Autónoma y la Iglesia Católica establecerá el marco de colaboración entre ambas instituciones. Dicha Comisión tendrá carácter consultivo en relación con cuantas intervenciones afecten a bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria en poder de la Iglesia, cualquiera que sea la categoría a la que pertenezcan.
3. Las autoridades eclesiásticas velarán por que el ejercicio de las actividades propias del culto religioso garantice, de forma adecuada, la protección y conservación de los bienes históricos consagrados al uso litúrgico.
