Articulo 8 Pesca de Canarias
Ver Indice
»Artículo 8. Autorización de la actividad.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La realización del marisqueo en cualquiera de sus clases requerirá la respectiva autorización en los términos que se fijen reglamentariamente, debiendo especificar dicha autorización, al menos, las zonas de actuación y las especies permitidas.
