Articulo 8 plan criterios... de Murcia

Articulo 8 plan criterios que informan el Plan de Control Tributario para 2015 de Murcia

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8.- Plan de control de la información notarial.

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Asociada a la estructura de los índices trimestrales que vienen obligados a presentar los Notarios, se desarrollará una gestión completa de la información que proporcionan, a efectos de controlar las presentaciones de las declaraciones tributarias oportunas, así como el control de los hechos imponibles no autoliquidados. Para ello, se utilizará la aplicación informática diseñada al efecto, que permita los cruces informáticos precisos para la gestión tributaria de la información contenida en los índices, tanto respecto de los no declarantes, como de la calidad de la información remitida por los Notarios.

Respecto de la obligación formal de los Notarios, regulada en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 19 de octubre de 2006, por la que se aprueba el modelo F01, declaración informativa notarial a efectos tributarios, se introducirán los oportunos filtros en el sistema de información tributaria, para realizar la comprobación automática de las declaraciones realizadas en los supuestos recogidos en dicha Orden.