Articulo 8 Plan de Ordenación del Litoral
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Articulo 8 Plan de Ordenación del Litoral

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Artículo 8. Elementos del modelo.

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El modelo territorial previsto en el Plan de Ordenación del Litoral supone la complementariedad, coordinación y relación de determinaciones aplicadas a una serie de elementos que responden al siguiente esquema:

1. Áreas del Plan de Ordenación del Litoral en las que se divide la totalidad del territorio comprendido dentro del ámbito de aplicación del Plan de Ordenación del Litoral, constituidas por:

  1. Áreas continuas:

    1. Protección ambiental.

      • Protección intermareal.

      • Protección costera.

    2. Mejora ambiental y paisajística.

    3. Ordenación litoral.

  2. Áreas discontinuas:

    1. Corredores.

    2. Espacios de interés.

    3. Red de Espacios Naturales de Galicia.

      1. Asentamientos. Caracterizados de la siguiente forma:

        1. Asentamiento de carácter fundacional.

          • Núcleos de identidad del litoral.

        2. Desarrollo periférico.

        3. Asentamiento funcional.

        4. Agregado urbano.

        5. Nueva agrupación.

          • Ámbitos de recualificación.

      2. Sistemas generales territoriales.