Articulo 8 Presupuestos 2020 Extremadura
- Quedan derogados los aspectos sustantivos de la presente Ley en todo aquello que se oponga o resulten incompatible con la Ley 1/2021, de 3 de febrero. - Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autonoma de Extremadura para el año 2021.
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»Artículo 8. Incorporaciones de créditos.
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Además de los supuestos establecidos en el artículo 76.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, se podrán incorporar al ejercicio presupuestario 2020 los remanentes de créditos del ejercicio anterior para atender las prestaciones económicas establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
