Articulo 8 Presupuestos 2024 Asturias

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Artículo 8. Carácter vinculante de determinados créditos.

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1. Los créditos a los que hace referencia el artículo 6 «Créditos ampliables» tendrán carácter vinculante a nivel de subconcepto.

2. Los créditos consignados en el presupuesto de gastos de los capítulos II «Gastos en bienes corrientes y servicios», IV «Transferencias corrientes», VI «Inversiones reales» y VII «Transferencias de capital», identificados específicamente en el presupuesto para 2024 con la denominación del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR), solo pueden ejecutarse con la finalidad de financiar actuaciones que resulten elegibles conforme a su marco normativo, siendo su vinculación a nivel de subconcepto presupuestario.