Articulo 8 Procedimientos...forestales

Articulo 8 Procedimientos simplificados de autorización de actuaciones en montes o terrenos forestales

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Artículo 8. Actuaciones sujetas a autorización.

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Se requerirá una autorización expresa de la Administración forestal para la ejecución de los siguientes desbroces:

a) Desbroces que afecten a elementos del paisaje según normativa de condicionalidad. En el caso de que estos trabajos afecten a vegetación asentada en parcelas colindantes, de otra persona titular, se deberá contar, además, con su conformidad.

b) Desbroces mecánicos o manuales que afecten a márgenes de fincas sobre los que hubiera instalada vegetación natural de carácter leñoso, en aquellas ubicaciones que constituyan elementos de separación entre ellas (setos). En el caso de que estos trabajos afecten a vegetación asentada en parcelas colindantes, de otra persona titular, se deberá contar, además, con su conformidad.

c) Otros desbroces de vegetación, no incluidos en los artículos siguientes.