Articulo 8 Promoción y acceso a la vivienda
Ver Indice
»Artículo 8. Competencias de las Corporaciones Locales.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El ejercicio de las competencias establecidas en la normativa reguladora de la autonomía municipal que correspondan a los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de vivienda, conservación y rehabilitación, se ejercerán, dentro de su ámbito competencial y autonomía local.
