Artículo 8 de protección y ordenación de la costa valenciana
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»Artículo 8. Uso de evidencias científicas disponibles
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En la ordenación, evaluación, protección y gestión del litoral se empleará la mejor información científica disponible para mejorar la protección de los ecosistemas costeros y sus recursos y para promover la innovación en los sistemas de protección frente a la regresión.
