Articulo 8 Protección del paisaje
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»Artículo 8. Instrumentos.
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Se establecen los siguientes instrumentos para su desarrollo y aplicación en cuanto a asegurar una idónea protección, gestión y ordenación de los paisajes de Galicia:
1. Catálogos del paisaje de Galicia.
2. Directrices de paisaje.
3. Estudios de impacto e integración paisajística.
4. Planes de acción del paisaje.
Modificaciones
- Artículo modificado (8 (apdo. 4)) por LEY 7/2019, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(G de 27-12-2019) en vigor desde 01-01-2020
