Artículo 8 Real Decreto ...5 de marzo

Artículo 8. Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo

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Artículo 8. Complementos por mínimos de las pensiones contributivas.

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El importe de las pensiones no concurrentes, una vez revalorizadas, de acuerdo con lo dispuesto en la subsección anterior, se complementará, en su caso, en la cuantía necesaria para alcanzar las cuantías mínimas que se reflejan en los anexos I y II.