Articulo 8 Reconocimiento...-Derogado-

Articulo 8 Reconocimiento de la condición de familia monoparental en C. Valenciana -Derogado-

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Artículo 8. Lugar de presentación

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Las solicitudes de expedición, renovación o modificación del título de familia monoparental se presentarán, junto con la documentación establecida en el artículo 7 de este decreto, en la sede de la dirección territorial de la consellería competente en materia de familia, correspondiente a la provincia de empadronamiento de la persona solicitante, o en cualquiera de los lugares que, con carácter general, reconoce, para la presentación de solicitudes, el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.