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Articulo 8 Régimen de los organismos pagadores y de coordinación con los fondos europeos agrícolas, FEAGA y FEADER

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Artículo 8. Relaciones entre organismos pagadores.

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1. Los organismos pagadores constituidos dentro del territorio nacional podrán relacionarse directamente entre sí, con independencia de su ámbito de actuación.

2. Las relaciones y comunicaciones de estos con organismos pagadores de otros Estados miembros, con la Comisión Europea o con otras instituciones de la Unión Europea se efectuarán, en todo caso, a través del organismo de coordinación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-03-2018 en vigor desde 23-03-2018