Articulo 8 Reglamento del Cuerpo de Agentes Medioambientales
Artículo 8. Provisión.
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1. Los puestos de Agente serán cubiertos mediante los oportunos concursos de méritos, o por personal funcionario de nuevo ingreso procedente de las Ofertas de Empleo Público, o por personal funcionario interino, de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre función pública.
Los puestos de Coordinador/a Comarcal y Coordinador/a Adjunto/a serán cubiertos por concurso singularizado, exigiéndose para poder participar una antigüedad mínima de cinco y siete años, respectivamente, en el Cuerpo de Agentes Medioambientales.
Los puestos de Coordinador/a Provincial serán cubiertos por el sistema de concurso singularizado, exigiéndose para poder participar una antigüedad mínima de: cinco años en puesto de trabajo de Coordinador/a Adjunto/a, siete años en el puesto de Coordinador/a Comarcal, o doce años, en el Cuerpo de Agentes Medioambientales.
Los puestos de Coordinador/a Regional y Coordinador/a Regional Adjunto/a de área serán cubiertos por el sistema de concurso singularizado, exigiéndose para poder participar una antigüedad mínima de: cinco años en puesto de trabajo de Coordinador/a Provincial o Adjunto/a, siete años de Coordinador/a Comarcal o doce años en el Cuerpo de Agentes Medioambientales.
2. Los puestos citados en los párrafos anteriores podrán ser cubiertos temporalmente a través de cualquiera de los sistemas de provisión establecidos con este carácter en la correspondiente normativa.
- Modificación realizada (8 (apdo. 1)) por Decreto 16/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 17/2000, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. [NID 2023/1094]
(CM de 14-02-2023) en vigor desde 06-03-2023 - Modificación realizada (8 (apdo. 1)) por Decreto 5/2018, de 22 de enero, por el que se modifica el Decreto 17/2000, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. [2018/1056]
(CM de 30-01-2018) en vigor desde 19-02-2018 - Modificación realizada (8) por Decreto 85/2012, de 24/05/2012, por el que se modifica el Decreto 17/2000, de 1 de febrero, por el que se aprueba el reglamento del Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. [2012/8016]
(CM de 28-05-2012) en vigor desde 28-05-2012 - Artículo modificado (8 (apdo. 1)) por Decreto 74/2003, de 13-05-2003, por el que se modifica el Reglamento del Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha aprobado por Decreto 17/2000, de 1 de febrero.
(CM de 28-05-2003) en vigor desde 28-05-2003
