Articulo 8 Reglamento de ... -Vigente-

Articulo 8 Reglamento de la Ley 3/1993, forestal -Vigente-

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Artículo 8. Registros públicos

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1. Tienen carácter público los siguientes Registros:

a) Catálogo de montes de dominio público y de utilidad pública de la Comunitat Valenciana.

b) Catálogo de montes protectores.

c) Registro de terrenos forestales incendiados.

d) Registro de plantaciones forestales temporales.

e) Registro de cooperativas, empresas e industrias forestales, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

f) Registro de senderos de la Comunitat Valenciana.

2. Se crean los siguientes registros públicos:

a) Registro de cartografía de terrenos forestales de la Comunitat Valenciana.

b) Registro de terrenos aptos para albergar proyectos de absorción de dióxido de carbono (CO2) para la compensación de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

c) Registro de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos y actividades.

d) Catálogo de instalaciones recreativas y deportivas de la Comunitat Valenciana.

e) Registro de emplazamientos para actos y festejos tradicionales que pueden usar fuego o artefactos pirotécnicos excepcionalmente en suelo forestal o en la Zona de Influencia Forestal.