Articulo 8 Reglamento de ... -Vigente-

Articulo 8 Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral -Vigente-

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Artículo 8. La División.

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1. Las Divisiones son órganos centrales que se adscriben a las Áreas, a las que corresponde la dirección táctica de ámbitos concretos de la actividad policial.

2. La dirección táctica comprende la planificación, programación, coordinación, supervisión y evaluación de las tareas policiales, así como el asesoramiento y la homogeneización de los procedimientos operativos.