Articulo 8 el que se regu...ecreativas

Articulo 8 el que se regula elhorario general de espectaculos publicos y actividades recreativas

Ver Indice
»

Artículo 8. Revocaciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Las autorizaciones administrativas concedidas al amparo de lo dispuesto en el artículo 6 del presente Decreto Foral se considerarán otorgadas en régimen de a precario y, por tanto, no tendrán la consideración de declarativas de derechos, por lo que podrán ser objeto de revocación, sin derecho a indemnización, mediante resolución motivada del órgano competente.

2. El incumplimiento de las condiciones establecidas o de los términos en los que se concedan dichas autorizaciones, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa a que diera lugar, determinará la revocación del horario especial concedido.

3. Igualmente, se deberá proceder a la revocación de la autorización, cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su otorgamiento, o sobrevengan otras que, de haber existido a la sazón, hubieran justificado su denegación.