Articulo 8 se regula la señalización turística de Galicia
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»Artículo 8. Conservación y mantenimiento.
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1. La Administración turística de Galicia podrá instar a las entidades competentes para que realicen cuantas acciones fuesen necesarias para conservar las señales turísticas en buen estado.
2. Asimismo, la Administración turística gallega podrá establecer ayudas y otorgar subvenciones para facilitar que las entidades competentes mantengan las señales turísticas en óptimas condiciones.

