Articulo 8 Requisitos de ...omponentes

Articulo 8 Requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes

Ver Indice
»

Artículo 8. Comercialización de embarcaciones semiacabadas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La comercialización de embarcaciones semiacabadas requerirá, en todo caso, que el fabricante o el importador declare que las embarcaciones están destinadas a ser acabadas por un tercero. Esta declaración acompañará en todo caso a cada embarcación semiacabada y deberá incluir el contendido que se detalla en el anexo III.