Octava RESOLUCIÓN de 10 ...País Vasco

Octava. RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2025, País Vasco

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Octava.- Desarrollo de las pruebas de la oposición.

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1.– Las pruebas no podrán iniciarse hasta transcurridos dos meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.

2.– La fecha, hora y lugar de celebración de la primera prueba se anunciará con una antelación no inferior a siete días naturales, mediante Resolución de la Dirección General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias. Los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se harán públicos igualmente en la forma prevista en la Base Decimosexta con una antelación mínima de 72 horas, mediante Acuerdo del Tribunal Calificador.

3.– El Tribunal Calificador podrá disponer la celebración de las pruebas en orden diferente al establecido en esta convocatoria, así como la celebración de varias pruebas el mismo día. En este caso, las publicaciones de resultados de las distintas pruebas seguirán el orden de los mismos establecidos en las Bases de la convocatoria. Solo se publicarán los resultados de cada prueba o respecto de quienes hayan superado el anterior siguiendo el orden de la base séptima.

4.– Se producirá la exclusión automática del procedimiento selectivo de quienes no comparezcan al llamamiento para el desarrollo de las pruebas obligatorias en la fecha, hora y lugar que se señale, incluso por razones de fuerza mayor La misma regla se aplicará a aquellas personas que concurran a la realización de cualquiera de las pruebas obligatorias una vez iniciada la ejecución de las mismas.

Si alguna de las pruebas obligatorias constara de varios ejercicios, se considerará incomparecencia la ausencia o retraso a cualquiera de ellos.

5.– Se deberá concurrir a las diferentes pruebas provistos de documento acreditativo de la identidad, (DNI, pasaporte o permiso de conducción), cuya presentación podrá serles exigida por el Tribunal Calificador en todo momento.

6.– Los resultados de las pruebas se harán públicos mediante Acuerdo del Tribunal Calificador en la forma prevista en la Base Decimosexta.