Articulo 8 Seguridad Pública
Artículo 8. Cuerpos de Policía de Navarra.
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1. La Policía Foral de Navarra y los Cuerpos de Policía Local constituyen la policía propia de las Administraciones Públicas de Navarra.
2. El ámbito territorial de actuación de la Policía Foral será el de la Comunidad Foral de Navarra.
3. El ámbito territorial de actuación de la Policía Local será el del término municipal respectivo, salvo en situaciones especiales de necesidad, en las que podrá actuar fuera de dicho término, en las condiciones que se establezcan en los convenios de colaboración o en los planes de coordinación suscritos a tal efecto por las Entidades Locales respectivas, previa aprobación por el Departamento titular de la competencia en materia de seguridad pública. No obstante, tratándose de situaciones de emergencia, únicamente será necesario el requerimiento previo de la autoridad competente en el territorio en el que se necesita la actuación.
Asimismo, cuando ejerzan funciones de protección de autoridades de las corporaciones locales, podrán actuar fuera del término municipal respectivo, con autorización del Departamento competente en materia de seguridad pública, cuando desarrollen íntegramente esas actuaciones en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.
4. Las relaciones entre los cuerpos de la policía de las instituciones propias de la Comunidad Foral se rigen por los principios que inspiran el sistema general de seguridad y, en particular, por los de complementariedad, coordinación, colaboración, cooperación y auxilio mutuo, especialmente en el seno de las juntas locales de seguridad. Los convenios suscritos entre el departamento titular de las competencias en materia de seguridad pública y los ayuntamientos deben adaptar y concretar estos principios a las circunstancias de cada municipio.
5. El Gobierno, sobre todo por medio del departamento titular de las competencias en materia de seguridad pública, y los ayuntamientos deben promover, en el seno de los órganos conjuntos, la planificación operativa de sus servicios de seguridad y la asignación eficiente y el aprovechamiento conjunto de los recursos, la integración de los sistemas de información policial y la homogeneización de los estándares organizativos y operacionales.
