Articulo 8 Simplificación administrativa
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Artículo 8. Informe de evaluación y seguimiento.

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Cada dos años, como anexo al Plan de Gobierno regulado en la normativa de transparencia, se publicará un informe de evaluación y seguimiento de la simplificación administrativa en el sector público aragonés. La Comisión recabará, para su elaboración, la evaluación de las iniciativas impulsadas en dicho periodo por parte de los órganos o entidades que las promovieron y, en caso de ser distintos, aplicaron.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-02-2021 en vigor desde 23-02-2021