Articulo 8 Sindicatura de Cuentas
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Artículo 8. Funciones

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El Pleno tiene, entre otras, las siguientes funciones:

a) Ejercer la función fiscalizadora y analizar y aprobar todos los informes de fiscalización.

b) Aprobar las propuestas dirigidas al Parlamento o, en su caso, al ente fiscalizado, orientadas a mejorar los servicios que presta el sector público de Cataluña.

c) Aprobar los dictámenes que le sean solicitados en el ámbito de sus competencias.

d) Proponer el nombramiento de uno de los miembros para el cargo de síndico o síndica mayor.

e) Designar a los síndicos que deben formar parte de la Comisión de Gobierno.

f) Designar a los síndicos que deben presidir los departamentos.

g) Aprobar el programa anual de actividades de la Sindicatura.

h) Proponer y aprobar el convenio al que se refiere el artículo 80.3 del Estatuto de autonomía, relativo a las relaciones de cooperación entre la Sindicatura y el Tribunal de Cuentas.

i) Autorizar otros acuerdos de colaboración con el Tribunal de Cuentas, con otros organismos de control externo o con cualquier otro tipo de entidad o institución.

j) Nombrar, sustituir y cesar al secretario o secretaria general.

k) Aprobar los acuerdos que considere necesarios en cuanto a la tramitación de los informes de fiscalización, así como en lo que concierne a la organización interna de la Sindicatura.

l) Aprobar el anteproyecto del presupuesto de la Sindicatura y remitirlo al Parlamento para que lo tome en consideración.

m) Aprobar la memoria de actividades y las cuentas de la Sindicatura.

n) Determinar el ámbito competencial de cada departamento para establecer la organización interna de la Sindicatura.

o) Determinar las atribuciones, resolver los conflictos de competencia y establecer los criterios de coordinación entre los distintos órganos y departamentos de la Sindicatura.

p) Designar a las personas de la Sindicatura que deben representarla en las instituciones de cualquier naturaleza en las que debe participar.

q) Designar a los síndicos que deben comparecer ante la comisión de la Sindicatura de Cuentas del Parlamento para informar sobre los informes de fiscalización que se presenten.

r) Adoptar las disposiciones necesarias para cumplir los objetivos que la legislación vigente encomienda a la Sindicatura.

s) Informar al Parlamento y, si procede, a los tribunales de justicia o a los órganos del Ministerio Fiscal de la falta de colaboración reiterada o de la obstrucción del acceso a datos que impida o dificulte el ejercicio de las funciones que le son propias.

t) Proponer las actuaciones y medidas correctoras correspondientes por el incumplimiento de la normativa electoral y de la normativa de financiación de los partidos y las formaciones políticas.

u) Aprobar y modificar la relación de puestos de trabajo y la oferta pública de ocupación y aprobar las bases de las convocatorias de selección de personal de la Sindicatura.

v) Autorizar la compatibilidad de los síndicos.

w) Aprobar el reglamento de régimen interior de la Sindicatura.

x) Ejercer las demás funciones que establezca la normativa vigente.