Articulo 8 sistema de selección en los procesos de estabilización de empleo temporal en los cuerpos de policía local
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»Artículo 8. Órganos técnicos de selección
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Los órganos técnicos de selección encargados de desarrollar las convocatorias serán conformados de acuerdo a las reglas y principios previstos tanto en la legislación estatal y autonómica de función pública como a lo establecido por la ley 17/2017 y el Decreto 179/2021, de 5 de noviembre, tendentes a garantizar su objetividad, imparcialidad, profesionalidad e independencia.
