Articulo 8 Tercer sector de acción social de I. Balears
Artículo 8. Diálogo ciudadano
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1. En virtud del principio de diálogo ciudadano, las organizaciones y redes del Tercer Sector Social de las Illes Balears y, a través de estas, las personas, las familias, los colectivos y las comunidades destinatarias y protagonistas de la intervención social, tendrán derecho a participar en las políticas públicas que les afectan, en todas sus fases, incluida la fase de ejecución, en los términos previstos en la presente ley y en la normativa reguladora de cada sistema, sin menoscabar las facultades de decisión que correspondan a los órganos de gobierno de cada institución.
2. El diálogo ciudadano constituye un proceso formal de interlocución y colaboración entre el sector público y las organizaciones y redes del Tercer Sector Social de las Illes Balears, a nivel ejecutivo y reglamentario, para orientar, impulsar y evaluar las políticas sociales y otras iniciativas del sector público y del Tercer Sector Social en el ámbito de la intervención social.
3. El Gobierno de las Illes Balears, a través del Consejo de Servicios Sociales de las Illes Balears (artículo 52 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears), mantendrá un diálogo permanente, operativo y bidireccional con las redes del Tercer Sector en el ámbito de la intervención social, que se traduzca en iniciativas concretas a impulsar por cualquiera de las partes o en colaboración, haciendo un seguimiento y una evaluación de estas.
4. Este diálogo tendrá también por objetivo progresar en el reconocimiento y el ejercicio efectivo de los derechos por parte de aquellas personas, familias, colectivos y comunidades que afrontan más dificultades para ejercerlos.
5. Los consejos insulares y los entes municipales, a través de los consejos de servicios sociales insulares y los consejos de servicios sociales locales (artículo 52 ya citado) mantendrán un diálogo de las mismas características con las redes del Tercer Sector Social de las Illes Balears que tengan actividad en sus respectivos territorios.
