Articulo 8 TR. 1995 de la ley de procedimiento laboral -Derogado-
Ver Indice
»Artículo 8.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
(DEROGADO)
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional conocerá en única instancia de los procesos a que se refieren los párrafos g), h), i), k), l) y m) del artículo 2, cuando extiendan sus efectos a un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
(BOE de 11-10-2011) en vigor desde 11-12-2011
