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Articulo 8 Uso del fuego en suelo no urbanizable para prevención de incendios forestales

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Artículo 8. Barbacoas y otros utensilios generadores de calor o fuego.

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1. Cuando de acuerdo con la información meteorológica de la Agencia Estatal de Meteorología el índice de riesgo de incendio forestal sea de nivel muy alto o extremo, no se podrá encender fuego en todo tipo de espacios abiertos, afectando dicha prohibición a la totalidad del suelo no urbanizable. Se incluyen en dicha prohibición las áreas de descanso de las vías de comunicación, así como en zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello. En esta prohibición quedan incluidos igualmente el fuego en espacios abiertos tales como las huertas de ocio.

Además de lo dispuesto con carácter general, fuera de dicha situación de nivel de riesgo muy alto o extremo, y en dichas localizaciones, se estará a lo recogido en los apartados siguientes.

2. En periodo estival:

a) En la zona sur de Navarra, fuera de los establecimientos hoteleros categoría camping, se prohíbe el uso de fuego en espacios abiertos con fines recreativos incluyendo los lugares habilitados para ello tales como barbacoas o cualesquiera otras instalaciones exteriores y las áreas de descanso de las vías de comunicación. Se incluyen en esta prohibición todos aquellos utensilios generadores de calor o fuego, tales como camping-gas, etc. En establecimientos hoteleros de categoría camping, se podrá usar el fuego con fines recreativos siempre que dispongan de una zona habilitada y con equipos de extinción (agua, extintores de espuma a base de agua, etc.).

b) En la zona norte de Navarra se permite el uso de fuego en espacios abiertos con fines recreativos exclusivamente en los lugares habilitados para ello, tales como barbacoas o cualesquiera otras instalaciones exteriores y las áreas de descanso de las vías de comunicación.

3. Fuera del periodo estival queda autorizado el uso del fuego con fines recreativos en lugares habilitados para ello y que se encuentren en correcto estado de mantenimiento, aunque habrán de adoptarse además todas las medidas que sean necesarias para evitar situaciones de riesgo de incendios.