Articulo 80 Ley 50/1980 de 8 de Oct
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»Artículo ochenta.
Vigente
El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-10-1980 en vigor desde 17-04-1981