Articulo 80 Medidas 2014 Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat
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Se añade un nuevo apartado 2 al artículo 68 de la Ley 9/1998, de 15 de diciembre, de pesca marítima de la Comunitat Valenciana, con la siguiente redacción:
«2. La redacción de los Estatutos y las modificaciones que se pudieran efectuar respecto de los mismos requerirán el acuerdo mayoritario del órgano plenario de la Cofradía, y la ratificación por la correspondiente consellería.»
