Articulo 80 Normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas
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»Norma 80.ª Colocación de los emblemas.
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El emblema del Ejército de Tierra se usará en las prendas de cabeza, botones de la guerrera y hebillas de cinturones y ceñidores. En determinadas unidades, el emblema de la prenda de cabeza será el de la unidad.
Con carácter general, el resto de los emblemas se colocarán sobre los uniformes, excepto en los uniformes de campaña y especiales, en ambos lados del cuello de la gabardina o prenda de abrigo equivalente, de la guerrera, de la cazadora y de la camisa de manga corta, así como en el pasador sujeta-corbatas.
