Articulo 80 Protección general de las personas consumidoras y usuarias
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»Artículo 80. Clasificación de las infracciones.
Vigente
Las infracciones en materia de defensa del consumidor se clasifican como leves, graves y muy graves, de acuerdo con lo establecido en los artículos siguientes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2012 en vigor desde 01-05-2012