Articulo 80 Rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas
Ver Indice
»Artículo 80. Convenios para la implantación de programas específicos de financiación de las actuaciones
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo podrá firmar convenios de colaboración con otras administraciones públicas, otras entidades del sector público autonómico y fundaciones y entidades sin ánimo de lucro para la implantación conjunta de programas de financiación de las actuaciones de reforma, mejora o rehabilitación de edificios, viviendas y locales.
2. Asimismo, el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo podrá firmar convenios con las entidades financieras al objeto de incentivar la concesión de financiación para las actuaciones de rehabilitación.
