Articulo 80 ter Impuesto ...as del THG

Articulo 80 ter Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas del THG

Ver Indice
»

Artículo 80 ter. Deducción compensatoria para pensionistas y perceptores de prestaciones por desempleo

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Los contribuyentes que hayan percibido pensiones y haberes pasivos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y Clases Pasivas por causa de incapacidad permanente total, jubilación, viudedad u orfandad y/o prestaciones por desempleo, sujetos y no exentos, aplicarán una deducción del 1 por 100 sobre el rendimiento íntegro del trabajo computado por tales percepciones, siempre y cuando la base imponible sea igual o inferior a 20.000 euros. Esta deducción se practicará por cada autoliquidación.

2. A los efectos del presente artículo se considerará base imponible el importe resultante de sumar las bases imponibles general y del ahorro previstas en los artículos 67 y 68 de esta Norma Foral. Cuando la base imponible general arroje saldo negativo, se computará cero a efectos del sumatorio citado anteriormente.

Artículo 80 ter añadido por la Norma Foral 5/2010, de 23 de diciembre, con entrada en vigor el día siguiente al de su publicación y efectos exclusivos para el periodo impositivo 2011.