Articulo 803 bisi Ley de Enjuiciamiento Criminal
Articulo 803 bisi Ley de ...o Criminal

Articulo 803 bisi Ley de Enjuiciamiento Criminal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 803 bis i. Conversión del decreto en sentencia condenatoria.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Si el encausado acepta en la comparecencia la propuesta de pena en todos sus términos el Juzgado de Instrucción le atribuirá el carácter de resolución judicial firme, que en el plazo de tres días documentará en la forma y con todos los efectos de sentencia condenatoria, la cual no será susceptible de recurso alguno.

Modificaciones