Articulo 806 Código civil
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»Artículo 806
Vigente
Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889