Articulo 81 Aguas de La Mancha
- Quedan suspendidos, en todos sus efectos, las disposiciones de los capítulos II y III del título V (arts. 43 a 87) de esta ley. - Ley 4/2022 de 22 de Abr C.A. La Mancha (Suspensión de la aplicación del canon medioambiental del agua)
- La Ley 1/2024, de 15 de marzo deroga la Ley 4/2022, de 22 de abril, por la que se había suspendido la aplicación del canon medioambiental del agua previsto en en esta ley (arts. 43 a 87). - Ley 1/2024 de 15 de Mar C.A. La Mancha (Medidas Administrativas y Creación de la Agencia de Transformación Digital)
Artículo 81. Normas generales.
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1. En los usos no domésticos que usen o consuman agua que sea facilitada por entidades suministradoras o, que, procediendo de fuentes propias, efectúen vertidos a las redes públicas de saneamiento o sistema general de colectores públicos, la parte variable de la cuota del canon DMA podrá ser determinada en la modalidad de carga contaminante en la forma prevista en el artículo 59.
2. El procedimiento para la aplicación de la parte variable de la cuota en la modalidad de carga contaminante podrá ser iniciado de oficio o a instancia del contribuyente.
3. La Agencia del Agua de Castilla-La Mancha aplicará de oficio, de acuerdo a lo previsto en el artículo siguiente, la modalidad de carga contaminante en los casos en que la cuota resultante sea superior a la que se obtendría en aplicación de la modalidad de volumen.
4. Las operaciones de toma de muestras a las que se refiere esta sección podrán ser realizadas directamente por la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha o por alguna de las entidades colaboradoras contempladas en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. La realización de la toma de muestras y análisis por parte de las entidades colaboradoras podrá ser solicitada por la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha o por el contribuyente.
5. Con los resultados obtenidos, así como de otros de los que pueda disponer, la Administración resolverá, en caso de que proceda, la aplicación individualizada del canon DMA en la modalidad de carga contaminante.
