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Articulo 81 áreas empresariales de Galicia

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Artículo 81. Entidades urbanísticas de conservación de áreas empresariales ubicadas en municipios que carezcan de recursos suficientes para el mantenimiento de la urbanización

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1. Los ayuntamientos que carezcan de recursos para el mantenimiento de la urbanización podrán solicitar, durante el procedimiento de tramitación del correspondiente plan estructurante de ordenación del suelo empresarial, que se incluya en el mismo la obligación de que las personas propietarias del suelo urbanizado constituyan una entidad urbanística de conservación que se hará cargo del mantenimiento y conservación de la urbanización y asumirá los gastos correspondientes durante un periodo que no podrá ser superior a cinco años desde la recepción de las obras por el ayuntamiento.

2. La solicitud a que se refiere el número anterior deberá presentarse ante el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo antes de la finalización del trámite de información pública del plan, con la certificación justificativa de la carencia de medios para asumir los gastos de mantenimiento y conservación de la urbanización, que habrá de venir firmada por la persona titular del puesto que tenga atribuidas las funciones de tesorería en la Administración municipal, con el visto bueno de la persona titular de la alcaldía.

3. El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, en caso de estimar justificada la solicitud presentada, ordenará que se contemple en el plan estructurante de ordenación del suelo empresarial en tramitación la obligación de la constitución de una entidad urbanística de conservación, a la cual corresponderán las obligaciones de mantenimiento y conservación de la urbanización del área empresarial durante el periodo que se establezca, en función de las previsiones del ayuntamiento, y que no podrá ser superior a cinco años.

4. Finalizado el periodo de vigencia de la entidad urbanística de conservación establecido en el plan, las obligaciones de conservación y mantenimiento de la urbanización pasarán a ser asumidas por el ayuntamiento.