Articulo 81 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
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»Artículo 81. Definición y fines.
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El Consejo de Gobierno es el órgano colegiado de gobierno de la Universidad al que corresponde establecer sus líneas estratégicas y programáticas, así como las directrices y procedimientos para su aplicación en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración de los presupuestos, y ejerce las funciones previstas en la Ley Orgánica de Universidades, y en estos estatutos.
