Artículo 81. Ley 3/2026, de 13 de marzo, Andalucía
Artículo 81. Modificación de la cubierta vegetal y diversificación del paisaje.
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1. La Consejería competente en materia forestal podrá autorizar, en las condiciones y con las limitaciones de superficie que reglamentariamente se establezcan, las siguientes actuaciones de modificación de la cubierta vegetal:
a) Repoblaciones forestales cuando contemplen cambio de las especies principales o introduzcan especies forestales exóticas no invasoras, y aquellas asociadas a proyectos de absorción de emisiones.
b) Plantaciones, en régimen de secano, de árboles o arbustos de fruto, como nogales, avellanos, algarrobos, castaños, almendros, cerezos o pistachos, entre otros.
c) Instalación o recuperación de huertos para autoabastecimiento, hasta una superficie máxima de 0,25 hectáreas.
2. La autorización de las actuaciones previstas en el apartado anterior no supondrá el cambio de uso forestal de los terrenos afectados, sin perjuicio de su sometimiento, si procede, al correspondiente instrumento de prevención y control ambiental.
3. Excepcionalmente en montes públicos, protectores o vecinales en mano común, la Consejería competente en materia forestal podrá promover o, en su caso, autorizar la corta de arbolado y el laboreo del suelo en los siguientes supuestos, bajo las condiciones que se establezcan reglamentariamente, sin que ello suponga la consideración de cambio de uso forestal:
a) En superficies de escasa extensión, con la finalidad de fomentar y conservar la fauna silvestre.
b) En terrenos con aprovechamiento agrosilvopastoral sujetos a algún instrumento de ordenación forestal, siempre y cuando el laboreo sea compatible con el mantenimiento del arbolado propio de dicho sistema de aprovechamiento.
c) Para evitar la propagación de incendios forestales en enclaves estratégicos, incluyendo el mantenimiento de discontinuidades o de cultivos leñosos abancalados o libres de vegetación herbácea, de acuerdo con lo estipulado en los planes anuales de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
