Articulo 81 Mejora de la estructura territorial agraria
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Articulo 81 Mejora de la estructura territorial agraria

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Artículo 81. Plan de actuación integral

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En las zonas de actuación intensiva se desarrollará un plan de actuación integral que establecerá las acciones y asignará los medios tendentes a la consecución, como mínimo, de uno de los siguientes objetivos.

a) La dotación y mejora de la infraestructura viaria, abastecimiento y saneamiento de agua, gestión de residuos, equipamiento y servicios comunitarios, vivienda rural, electrificación rural y telecomunicaciones.

b) La reestructuración parcelaria de carácter público, reestructuración de la propiedad de fincas de vocación agraria por las personas particulares y procesos especiales inherentes a los casos de proyectos de grandes obras públicas lineales y cotos mineros.

c) La ordenación de usos y cultivos, modernización y consolidación de regadíos, construcciones ganaderas, mejora de la sanidad pecuaria y aprovechamiento racional de los recursos forestales con criterios de sostenibilidad.

d) El impulso de las industrias de elaboración, conservación, transformación y comercialización de productos agrarios.

e) La protección de la caza y pesca y del paisaje.

f) La capacitación y promoción de la formación profesional y cultural y de las actividades deportivas en el medio natural, recreativas y de ocio de la población rural.

g) El estímulo y fomento de las cooperativas y demás modalidades asociativas agrarias.

h) La disminución del número y virulencia de los incendios forestales.

i) La movilización de las fincas con vocación agraria para las explotaciones.

j) Cualquier otro que permita el desarrollo rural de la zona.

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