Articulo 81 Organización ...n Primaria

Articulo 81 Organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil o de Educación Primaria

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Artículo 81. Elaboración, aprobación y seguimiento de la PGA

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1. El equipo directivo coordinará la elaboración de la PGA del centro y se responsabilizará de su redacción, de acuerdo con las propuestas efectuadas por el consejo escolar y el claustro de profesorado, y estudiará las propuestas formuladas por las asociaciones de madres y padres.

2. La PGA será aprobada de acuerdo con lo establecido en la normativa básica vigente, teniendo en cuenta el informe previo del consejo escolar y del claustro, y podrá ser modificada a lo largo del curso escolar de acuerdo con el procedimiento que se determine por la Administración educativa.

3. La PGA será de obligado cumplimiento para todos los miembros de la comunidad escolar.

4. Al finalizar las actividades escolares del curso académico, el consejo escolar, el claustro y el equipo directivo evaluarán el grado de cumplimiento de la PGA y los resultados de la evaluación y promoción del alumnado. A tal efecto, el equipo directivo elaborará una propuesta de memoria para el conocimiento, análisis y valoración del claustro y del consejo escolar, que incluirá propuestas de mejora para el curso siguiente. Estas propuestas de mejora serán tenidas en cuenta por la dirección del centro en la elaboración de la PGA y del plan de actuación para la mejora del siguiente curso escolar.

5. El contenido de la memoria será establecido por la conselleria competente en materia de educación.

6. La memoria final será aprobada por el claustro y por el consejo escolar del centro y se pondrá a disposición de la Administración educativa y de la comunidad educativa del centro.