Articulo 81 Patrimonio Cultural de Asturias
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»Artículo 81. Otros documentos de entidades públicas.
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Sin perjuicio de la legislación estatal que les afecte, forman parte del Patrimonio Documental de Asturias, los documentos producidos por:
a) Los órganos periféricos de la Administración del Estado en Asturias.
b) Los centros públicos o privados de enseñanza radicados en Asturias.
c) Las Notarías, los Registros públicos y los Juzgados y Tribunales radicados en Asturias.
d) Cualquier otro organismo o entidad de titularidad estatal radicado en Asturias.
