Articulo 81 Prestaciones ... I Balears

Articulo 81 Prestaciones sociales de carácter económico de I. Balears

Ver Indice
»

Artículo 81. Publicidad

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Sin perjuicio de la publicidad preceptiva, las administraciones públicas deben dar la máxima difusión a las convocatorias para conceder prestaciones sociales de carácter económico.

Asimismo, el departamento competente dará publicidad a los créditos consignados en el presupuesto destinados a financiar las prestaciones de derecho de concurrencia otorgadas en ejercicios anteriores.