Articulo 81 Reforma del E...lla y Leon

Articulo 81 Reforma del Estatuto de Autonomia de Castilla y Leon

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Artículo 81. Consejo Económico y Social.

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1. El Consejo Económico y Social es un órgano colegiado de carácter consultivo y asesor en materia socioeconómica de la Comunidad Autónoma de Castilla y León

2. Una ley de la Comunidad regulará su composición, organización y funcionamiento.